Acerca de la Sede Electrónica
La sede electrónica de la Institución Educativa Antonio José de Sucre representa un espacio virtual diseñado con el propósito de ofrecer servicios de información, interacción y gestión de trámites y servicios en línea auto-gestionables tanto para nuestra comunidad educativa como para cualquier persona interesada.
Este entorno digital te permite encontrar infromación de todos los trámites y servicios que requieras de nuestra institución. Puedes acceder a esta plataforma desde cualquier ubicación y mediante cualquier dispositivo electrónico que tengas a tu disposición, gracias a nuestros canales de atención optimizados para brindarte una experiencia rápida y eficiente.
Es fundamental destacar que la titularidad, administración y gestión de nuestra sede electrónica están respaldadas por sólidas medidas jurídicas, organizativas y técnicas. Estas garantizan la calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad de la información y los servicios que ofrecemos. De esta manera, nos aseguramos de proporcionarte un entorno digital seguro y confiable para tus trámites y consultas.
Aquí puedes conocer la legislación de la Estrategia de Gobierno Digital para sedes electrónicas:
- Ley 1437 del 18 de enero de 2011
"Artículo 60. Sede electrónica. Toda autoridad deberá tener al menos una dirección electrónica.
La autoridad respectiva garantizará condiciones de calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad de la información de acuerdo con los estándares que defina el Gobierno Nacional."
- Decreto 1413 de 25 de agosto de 2017
"Artículo 2.2.17.7.1. Sedes electrónicas. La sede electrónica es una dirección electrónica que permite identificar la entidad y la información o servicios que provee en la web, a través de la cual se puede acceder de forma segura y realizar con todas las garantías legales, los procedimientos, servicios y trámites electrónicos que requieran autenticación de sus usuarios. La sede electrónica deberá garantizar la igualdad en el acceso a la administración pública y el respeto a los lineamientos de calidad, usabilidad, accesibilidad, neutralidad, interoperabilidad, confidencialidad, disponibilidad, estándares abiertos, seguridad y privacidad
en la información, servicios y trámites provistos de conformidad con los lineamientos del Manual de Gobierno en línea, el Marco de Referencia y Arquitectura TI.
Corresponde a cada entidad pública adoptar su respectiva sede electrónica mediante acto administrativo, el cual deberá contener, como mínimo, la siguiente información: dirección electrónica, identificación de la entidad o entidades encargadas de la gestión de la misma y de los procedimientos, servicios y trámites puestos en ella a disposición de los ciudadanos e identificación de los canales de acceso."